México, D.F., a 12 de diciembre de 2013.
Estimado compañero Víctor Merino:
Nos es grato que se lleven a cabo este tipo de debates
públicos que forman parte de nuestra democracia y libertad de expresión, no así
de aquellos que emiten documentos anónimos que no benefician, por el contrario,
perjudican y cobardemente no permiten el
derecho de una réplica seria como es el caso, motivo por cual, te manifestamos
nuestro reconocimiento, así mismo, nos permitimos expresarte algunas
precisiones.
Entendemos tu manifiesto, sin embargo, no estamos de acuerdo con las imputaciones e
invalidaciones que realizas al
trabajo de nuestra Asociación, mismos que a continuación mencionamos:
De la información que de AJTEAM enviamos, manifiestas en tu escrito la siguiente afirmación:
“ MIENTEN en sus afirmaciones de que para los RETIROS que
ingresaron después de 1989 existe un fideicomiso con más de 100 millones de
pesos de donde se nos debe pagar. NO EXISTE TAL COSA”.
Te comentamos que nos causa extrañeza tu afirmación, en efecto,
de acuerdo al CCT capítulo XIV del
PLAN DE JUBILACIONES Y RETIROS DE LOS SOBRECARGOS, la cláusula 74 bis segundo párrafo menciona; “La empresa constituirá un fondo colectivo
con registros individuales de cada Sobrecargo y se realizarán aportaciones a
dicho fondo por cada Sobrecargo en activo”. Más adelante hace mención sobre la
aportación básica de la empresa, aportaciones voluntarias de los sobrecargos y
aportación adicional (Match Básico de la empresa). Por otro lado este
fideicomiso al mes de agosto del 2010 contaba con alrededor de 110 millones de
pesos, menos las cantidades por concepto de ahorro voluntario que les fueron
entregadas a los compañeros que así lo solicitaron después de declarado el Concurso
Mercantil, en adición, la suma del
capital más los intereses generados en estos más de 3 años, la resultante debe
ser de alrededor de los 100 millones.
Compañero Víctor, la
pregunta sería, ¿en qué mentimos como tú
lo afirmas?
Por lo que respecta a tu
siguiente comentario:
“ pero si tu decisión
es la de retirarte tienes derecho al MONTO QUE RESULTE MAS ALTO ENTRE EL PLAN
DE CONTRIBUCIÓN DEFINIDA O EL BENEFICIO DE RETIRO PLASMADOS EN EL CCT VIGENTE
EN SUS CLAUSULAS 78 Y 74 BIS NUMERAL 5 QUE HABLA DEL RETIRO ANTICIPADO”,
Podemos decir que es correcto. Si el sobrecargo decide retirarse en los
términos de antigüedad del CCT, debe de escoger uno u otro. Valdría la pena
mencionar que todo aquel que retiró su aportación voluntaria después de
declarado el Concurso Mercantil, ya escogió o se inclinó parcialmente hacia uno
de los planes de jubilación y retiro. No tratamos de litigar en este concepto,
pero es lo real. Sin embargo entendemos que está sujeto a interpretación.
Siguiente comentario que manifiestas: (este y los demás
comentarios fueron transcritos tal cual de tu escrito).
“Ahora bien como el plan de contribución definida al momento
que Mexicana de Aviación entra en concurso mercantil tenía tan solo con 5 años
de haber sido creado, cada cuenta individual y recalco lo de INDIVIDUAL contaba
con muy poco dinero POR LO QUE EL MONTO MÁS ALTO SI DECIDES RETIRARTE ES EL QUE
TE OTORGA LA CLAUSULA 78 Y 74bis EN SU NUMERAL 5. Por lo tanto, todo sobrecargo
que decida tomar la opción del RETIRO ANTICIPADO, SIN IMPORTAR SU FECHA DE
INGRESO y decida acogerse al beneficio que otorga la cláusula 78 así como la 74
bis en su numeral 5 DEBERA SER PAGADO DEL FIDEICOMISO F/797, UNICO FIDEICOMISO
QUE FUE CREADO Y EXISTE PARA EL PAGO DE LOS RETIROS”.
Víctor, haces mención
a que el fideicomiso de contribución definida cuenta con muy poco
dinero, al respecto te comentamos que,
dicho fideicomiso tiene más capital que
el F/797, puesto que este cuenta con 84 millones contra más de 100 que tiene el
de contribución definida.
Por tal motivo afirmamos que ASSA de México debiera
interponer recursos para tener acceso a dicho fideicomiso. Así que afirmar que
los Sobrecargos que decidan acogerse a
los beneficios de la cláusula 78 deberán ser pagados del F/797, es una
invitación muy aventurada puesto que solo hay 84 millones y ese dinero
también pertenece a los más de 700
Jubilados. En ese mismo sentido y de
acuerdo a lo establecido en el plan privado de pensiones registrado por
Mexicana de Aviación ante la CONSAR, si en este momento Mexicana lo diera por
terminado el fideicomiso, el monto tendría que repartirse proporcionalmente
entre todos los Jubilados y aquellos que demandaran el retiro. Al respecto te
podemos comentar que la deuda que tienen con nosotros, es en promedio 10 veces
mayor que la tuya, así que tendrías que meditar cual sería el monto asignado
para todo aquel que se encuentre en similar caso al tuyo. Como
podrás observar, el tema es más complicado de lo que parece en los
términos de cómo lo planteas.
Siguiente comentario tuyo:
“Dicho esto NO se puede pretender y lo digo con todo respeto
que solo un grupo de compañeros como lo son los compañeros jubilados se
beneficien de un fideicomiso violentando y pisoteando los derechos de otros
compañeros sobrecargos. Si el famoso fideicomiso F/797 tiene como beneficiarios
a más compañeros aparte de los compañeros jubilados SE TIENE QUE RESPETAR y si
Mexicana nombró a todos los sobrecargos sin excepción como beneficiarios SE
TIENE QUE RESPETAR."
Comentamos que dicha interpretación, es correcta a medias al afirmar que Mexicana
nombró a todos los Sobrecargos como beneficiarios del F/797, ya que, solo en el tema de los retiros, ustedes –los
Sobrecargos Activos- tienen la opción de escoger entre el fideicomiso
de contribución definida o el F/797.
Respecto a tu afirmación en el sentido de que solo lo jubilados
pretendemos salir beneficiados de dicho fideicomiso, te afirmamos que es
inexacta. En nuestra circular hacemos
mención a resguardar una cantidad para hacerle frente a demandas por retiro. De
igual manera, te comentamos que nosotros los Jubilados, en todo momento hemos
trabajado arduamente, nos hemos pronunciado ante los medios de
comunicación y ante las autoridades
Estatales y Federales, sobre la necesidad de fondear el fideicomiso F/797, así
como la de realizar una auditoría a efecto de que se
determine el responsable del nulo fondeo y presunto mal uso del mismo, para así
tomar las acciones correspondientes. Como veras, no nos hemos conformado solo
con entablar demandas, hemos pugnado por encontrar y ser parte de la solución.
Valdría la pena que mencionaras las verdaderas intenciones de tu demanda, ya que si esperas la retribución al 100% de tus pretensiones, entonces serias tú, quien estaría tratando de despojar o pisotear
los derechos de las mayorías, ya que
por proporcionalidad, a ti, te tocaría muy poco.
Por lo tanto, llegar
a las últimas consecuencias para evitar
el despojo como mencionas, traería como
consecuencia, el que hicieras un
profundo análisis sobre el monto real de
tu derecho sobre ese fideicomiso ya que es en promedio 10 veces menor al
nuestro.
Para concluir valdría la pena reflexionar sobre lo siguiente:
-El fideicomiso F/797, solo contempla derechos adquiridos y
no expectativas de derecho, por lo que
afirmar que pertenece a todos los sobrecargos como comentas, es incorrecto, es
decir, en términos de jubilación solo contempla a Sobrecargos contratados antes
de 1989 y que cumplan con los términos de CCT.
Para efectos de retiro, solo a
los Sobrecargos contratados después de 1989 y que cumplan con lo establecido en
el CCT, aclarando que tienen las dos opciones y si decidieran inclinarse por el
F/797, para que nadie sea despojado,
tendrían que ajustarse a una repartición proporcional a la que su
derecho les permitiera, somos más de 700 Jubilados que tenemos el derecho
perfectamente adquirido y establecido-.
-Valdría la pena revisar el tema del fideicomiso de
contribución definida, que en tu caso no debe ser un monto despreciable-.
-No creemos que el camino de la hostilidad,
descalificaciones e información a medias, sea la ruta adecuada para transitar
en nuestra problemática, por lo que te invitamos al diálogo y a la concertación encaminada a la solución más
favorable para las mayorías-.
Con todo respeto te enviamos un afectuoso saludo, así mismo
nos reiteramos a tus órdenes para cualquier consulta o aclaración.
¡NO RENUNCIAREMOS A NUESTROS DERECHOS!
ATENTAMENTE
Fausto Guerrero Díaz
Vicente Javier González Ortega Patricia Cuaxiloa Barreto
Iván Enríquez Barragán Adriana
Islas Cabalero
Patricia Moreno H. Jany
Montes
Irma Maciel
Patricia Castro Rosa
María Basurto Revilla
Sonia Godínez
AJTEAM
Asociación de Jubilados Trabajadores y Extrabajadores de la
Aviación Mexicana A.C.
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